Qué es el compliance en derecho, qué es un abogado compliance y por qué apostar por el compliance o cumplimiento normativo son preguntas que me realizan con cierta frecuencia y a las que suelo contestar con otra pregunta que ciertamente necesita una posterior aclaración: ¿cuánto valoras dormir tranquilo?
La tranquilidad de hacer bien las cosas, de cumplir con las normas, de asumir compromisos más allá de los legales; de manifestar internamente en la empresa y públicamente en la sociedad el compromiso de tu organización con una serie de valores; de marcar líneas estratégicas y de negocio alineadas con el respeto de los Derechos Humanos…
Soy de los que piensa que una empresa que quiera tener presente pero, sobre todo, que quiera perdurar en el tiempo, solo puede tener futuro si entre sus pilares básicos de funcionamiento está claramente comprometida con el cumplimento normativo, con lo que conocemos como compliance en Derecho.
Desde el año 2010, y a partir de la entrada en vigor de la LO 5/2010 de 22 de junio, las mercantiles, en sus diferentes modalidades, son sujetos que son susceptibles de poder incurrir en responsabilidad penal.
Esta modificación, junto con la del año 2015, con la entrada en vigor de la LO 1/2015 de 3 de marzo, supusieron un importante cambio en el Código Penal, dando el pistoletazo de salida para que las empresas no solo pudieran ser condenadas como responsable penalmente, sino también para que debieran asumir la obligación de contar con una estructura encaminada al cumplimiento normativo.
Historia compliance y cumplimiento normativo
Lo que en España empezó a ser una obligación en el año 2010, en el panorama internacional ya era una cultura empresarial perfectamente integrada desde hacía varias décadas.
Desde comienzos del siglo XX, en Estados Unidos se crearon diferentes agencias públicas en seguridad que vigilaban el cumplimiento normativo (sobre todo en el sector alimentario).
En el año 1975 se constituyó el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea por los presidentes de los bancos centrales de los países miembros del Grupo de los Diez (G-10) en aquel momento. Desde el mismo momento de su creación se convirtió en un foro de discusión normativo para mejorar las prácticas bancarias. Podríamos afirmar que fue uno de los primeros organismos que emitía normas y pretendía una mejor gestión del riesgo y mayor transparencia.
Desde entonces ha sido una evolución constante y en todos los campos, ya que si bien en un inicio se ceñía a aspectos del sector bancario, hoy podemos manifestar que, independiente del sector al que se dedique, una mercantil tiene plena afección en todos los campos.
No creo que sea bueno que una mercantil tenga integrado un sistema de compliance, ya sea un compliance penal o de otra índole, solo y exclusivamente por el miedo a poder ser sancionado y las consecuencias que le pueden acarrear, como pudiera ser el valor reputacional.
Creo en la importancia de un sistema de compliance por la garantía que ofrece a la sociedad en general y a los consumidores en particular.
Compliance en España
En España tenemos un amplio marco normativo para todos los sectores de obligado cumplimiento (el término anglosajón hard law), y cada vez se hace más patente el incremento de mercantiles que asumen voluntariamente una serie de compromisos y obligaciones que reportan importantes garantías en las prestaciones de servicios y/o productos, y sus destinatarios (soft law).
Personalmente creo que justo esto último, el soft law, es el paso definitivo que tiene que dar una empresa, que tiene claramente identificado entre su cultura empresarial que no solo vale con cumplir con las normas (aspecto este que es de obligado cumplimiento), sino que en su afán de mejora continua y de evolución empresarial incorpora normas y códigos, e incluso los crea, que tienen tanta validez como una disposición legal.
Por todo ello, ¿por qué Compliance? Por una simple razón: porque es garantía de futuro.
Por Jaime Carnicero
Compliance Officer